(A) “En la vía pública y espacios abiertos, sin considerar los eventos organizados, no será necesario utilizar mascarilla facial. En sitios muy concurridos o con aglomeración de personas como por ej.: ferias vecinales, paseos de compras al aire libre, etc., sí se exhorta a su uso”, dice el primer punto del comunicado.
“Ejemplos: Para caminar o correr por la calle o la rambla no se debería usar mascarilla. Pero en una feria vecinal, o como público espectador a una competencia deportiva “5K” o estadios, donde se aglomeran cientos o miles de personas sí lo sería”, detalla el MSP.
(B) “Será recomendado el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando se asegure que los asistentes tengan todos administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición, (eventos muy concurridas o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, distancia mínima de seguridad interpersonal”, agrega el Ministerio de Salud Pública.
(C) “Será obligatorio el uso de mascarilla facial en espacios cerrados en todo evento que pueda implicar la aglomeración de personas, cuando no todos los asistentes tengan administrada la pauta vacunal completa, como así también en espacios abiertos si ocurriere igual condición, (eventos muy concurridos o de gran aglomeración). Para estos casos, se deberá asegurar, de todas formas, una distancia mínima de seguridad interpersonal con respecto a otras personas”, finaliza el comunicado.
Consultadas las autoridades del MSP por Subrayado, recordaron que en los espacios cerrados, como shoppings, comercios y lugares de trabajo, se mantiene el protocolo que exige el uso de tapabocas.
Fuente : Subrayado .