De esta manera fue aprobada una iniciativa de la Intendencia de Maldonado para conceder facilidades y beneficios tributarios a agencias de viajes, establecimientos hoteleros, transporte turístico, sector gastronómico y extranjeros que no pudieron abonar por la imposibilidad de ingresar al país.
Luego de su análisis en la comisión de presupuesto y tras haber recibido aportes de los partidos que la integran, la Junta Departamental aprobó el texto en sesión extraordinaria este viernes pasado.
En materia de exoneraciones, se propone para el pago por el ejercicio 2021 a los sujetos pasivos de la tasa de contralor de higiene ambiental como organización de fiestas y eventos y agencias de viajes.
En este caso estarán exoneradas por el ejercicio 2021 de un 50% del pago de contribución inmobiliaria y demás tributos que se cobran en relación al inmueble destinado a la actividad comercial.
El restante porcentaje de dicha obligación tributaria podrá ser abonado al 31 de octubre de este año.
La tasa de contralor de higiene ambiental será exonerada también a personas o empresas monotributistas, amparadas al régimen de aportación establecido por Mides, DGI y BPS.
En el caso del transporte turístico departamental, se exonera del pago por el ejercicio 2021 de la tasa anual por inspección y habilitación.
Las ferias vecinales quedan exoneradas del pago del permiso anual en un 50% por el ejercicio 2021.
Por la iniciativa, la IDM está facultada para exonerar de multas y recargos por falta de pago del ejercicio 2021 a quienes estuviesen amparados al descuento por buen pagador siempre y cuando acrediten que el incumplimiento tuvo origen en la situación de emergencia sanitaria.
Esto será posible y demostrable en caso que algún integrante del grupo familiar se encuentre, haya estado en seguro de desempleo, o desvinculado de un trabajo del 13 de marzo de 2020 en adelante.
Abarca además a quienes tuvieron cese de actividad comercial del 13 de marzo de 2020 al 31 de octubre y comprende a contribuyentes que no pudieron ingresar al país por leyes y decretos dictados por el Gobierno Nacional
En lo que hace a los establecimientos hoteleros, se aplica un régimen excepcional para el ejercicio 2021 a los hoteles que permanezcan abiertos durante todo el año.
Estarán exonerados del 50% de los tributos inmobiliarios. Podrán cancelar un 25% por el sistema de contrapartidas y el restante 25% diferirlo para pagar el 30 de abril de 2022.
Aquellos que tengan un sistema de apertura distinta o permanezcan cerrados, también estarán exonerados del 50% mientras que el restante 50 se diferirá también al 30 de abril de 2022, aún para los que se encuentren en situación regular de pago de tributos.
Los que hayan incumplido con las obligaciones tributarias del ejercicio 2020, podrán ampararse al sistema de beneficios fiscales, celebrando convenios, convirtiendo la deuda en Unidades Indexadas y abonarlas en 12 cuotas.
En el caso de los gastronómicos se podrá celebrar convenios con la Corporación Gastronómica para que sus afiliados puedan cancelar el equivalente al 50% del valor de la tasa de contralor e higiene ambiental o de los precios que deban abonar (por ejemplo los decks), mediante la prestación de servicios a la intendencia.
En relación con las medidas, la Bancada de Ediles del Frente Amplio en el legislativo hizo saber que un régimen de facilidades para promitentes compradores de viviendas de interés social; y un aumento del alcance de beneficiarios de la exoneración de la Tasa de Contralor de Higiene Ambiental junto con extensión de plazos con relación a lo inicialmente enviado para Contribución Inmobiliaria, constituyeron aportes que fueron recogidos.