En concordancia con lo admitido por el Ministerio de Salud Pública, la Administración aprobó lo dispuesto en la Resolución Nº 05440/2020 que permite el funcionamiento de los diferentes locales habilitados por la Intendencia de Maldonado. En caso de que se constaten incumplimientos y/o se realicen eventos en locales que no cuenten con la correspondiente habilitación, serán plausibles de sanciones pudiendo llegar a la clausura del local.
En cuanto al mobiliario, las mesas tendrán que estar al menos a dos metros de distancia, cada una podrá estar ocupado por hasta cuatro personas y las sillas deberán estar separadas por un metro.
El aforo de la sala no podrá superar un persona cada cinco metros cuadrados, estableciendo como máximo el número de 60 personas dentro del local y cada mesa contará con alcohol en gel.
Además, no se permitirá pista de baile, ni se autorizará el uso de barras, mostradores o similares para la permanencia del público y tampoco mesas en modalidad de “Candy Bar”, ya sea en cumpleaños infantiles o no.
El horario máximo permitido con los invitados dentro del recinto será de tres horas, por lo cual el armado y desarmado del local se deberá realizar una hora antes y una hora después de terminada la celebración. Se priorizará el desarrollo de fiestas infantiles.
Por más información acerca de este protocolo, consultar los archivos que se encuentran adjuntos.
Documentos asociados:
Documentos PDF
Resolución Nº 05440/2020
Protocolo de funcionamiento para locales habilitados como salones de fiestas .